Disposición adicional octava. Modificaciones presupuestarias.
Por el Ministerio de Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de lo previsto en este real decreto.
Disposición adicional octava. Modificaciones presupuestarias.
Por el Ministerio de Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de lo previsto en este real decreto.
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