RD 118/2023 (INGESA)

Artículo 6 — RD 118/2023 (INGESA)

Artículo 6. La Subdirección General de Gestión Sanitaria.

Corresponde a la Subdirección General de Gestión Sanitaria:

a) La ordenación, control y evaluación de la gestión de la atención primaria y la atención especializada de la salud y los convenios de servicios sanitarios del INGESA.

b) La planificación de las inversiones de carácter sanitario.

c) El control y seguimiento de la prestación farmacéutica.

d) La planificación, ordenación y gestión ordinaria de los recursos humanos del INGESA.

e) Las relaciones con los servicios territoriales en el ámbito y desarrollo de sus funciones.