Disposición adicional primera. Integración en el REG-AGE.
Los departamentos ministeriales, organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes se coordinarán con la Secretaría General de Administración Digital para la integración de sus sistemas y plataformas de registro con el REG-AGE.
Las especificaciones técnicas, protocolos y formatos para la integración de sistemas y plataformas en el REG-AGE se publicarán en el Centro de Transferencia Tecnológica (CTT) del Portal de Administración Electrónica.