Artículo 7. Consultas al REG-AGE.
Desde el servicio electrónico de registro accesible desde la sede electrónica del Punto de Acceso General, el interesado podrá consultar sus asientos registrales realizados en el REG-AGE mediante dicho servicio, que contendrá, al menos:
a) El estado de las presentaciones.
b) El recibo de los asientos registrales.
c) Los documentos adjuntos correspondientes al asiento registral.