LRC

Artículo 90 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil: Rectificación judicial de los asientos

Texto consolidado del BOE.

Artículo 90. Rectificación judicial de los asientos.

Los asientos están bajo la salvaguarda de los Tribunales y su rectificación se efectuará en virtud de resolución judicial firme de conformidad con lo previsto en el artículo 781 bis de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.