LO 6/2002

Disposición adicional tercera de la LO 6/2002: Disposición adicional tercera. Supletoriedad

Texto consolidado del BOE.

Disposición adicional tercera. Supletoriedad.

En el procedimiento de inscripción de partidos regulado en el capítulo III, será también de aplicación la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en todas las cuestiones no reguladas en la presente Ley Orgánica y sus normas de desarrollo.