Artículo 66. Cese del Jurado en sus funciones.
1. Leído el veredicto, el Jurado cesará en sus funciones.
2. Hasta ese momento los suplentes habrán permanecido a disposición del Tribunal en el lugar que se les indique.
Artículo 66. Cese del Jurado en sus funciones.
1. Leído el veredicto, el Jurado cesará en sus funciones.
2. Hasta ese momento los suplentes habrán permanecido a disposición del Tribunal en el lugar que se les indique.
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