Ley 9/2007 Galicia

Disposición derogatoria única de la Ley 9/2007 Galicia: Disposición derogatoria única. Derogación normativa

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

1. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente ley.

2. Quedan derogadas las siguientes disposiciones:

a) el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, los artículos 78 y 79 y la disposición adicional cuarta.

b) El Decreto 287/2000, de 21 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen de ayudas y subvenciones públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia, en cuanto se oponga a lo establecido en la presente ley.

c) El Decreto 21/1992, de 29 de enero, que desarrolla el artículo 31 de la Ley 15/1991, de 28 diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para 1992, en materia de subvenciones y ayudas.

d) la Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo, el apartado 5 del artículo 29.