Ley 9/2007 Galicia

Disposición final única — Ley 9/2007 Galicia

Disposición final única. Desarrollo y entrada en vigor.

1. En el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley se aprobará un reglamento general para su aplicación.

2. La presente ley entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.