Ley 8/2015 Transparencia Aragón

Artículo 61 — Ley 8/2015 Transparencia Aragón

Artículo 61. Distintivo de buenas prácticas en materia de participación.

El Gobierno de Aragón creará un distintivo para reconocer experiencias destacadas en el ámbito de la promoción de la participación ciudadana. Reglamentariamente se determinará el procedimiento y condiciones de concesión.