Ley 8/2015 Cabildos Insulares

Artículo 2 de la Ley 8/2015 Cabildos Insulares: Naturaleza de los cabildos insulares

Texto consolidado del BOE.

Artículo 2. Naturaleza de los cabildos insulares.

Los cabildos insulares son instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como órganos de gobierno, administración y representación de cada una de las siete islas en que se articula territorialmente la Comunidad Autónoma de Canarias.