Ley 7/2015 Municipios Canarias

Artículo 75 de la Ley 7/2015 Municipios Canarias: Gestión de sus fines propios

Texto consolidado del BOE.

Artículo 75. Gestión de sus fines propios.

Una vez creado, el organismo público correspondiente será el que gestione sus fines propios por sí mismo, no pudiendo acudir para ello a ninguna otra forma de gestión directa o indirecta, salvo que se trate de actividades complementarias al objeto estatutario del organismo.