Ley 6/2006 Gobierno de Andalucía

Artículo 4 de la Ley 6/2006 Gobierno de Andalucía: Elección

Texto consolidado del BOE.

Artículo 4. Elección.

El Parlamento, de entre sus miembros, elige al Presidente o a la Presidenta de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Autonomía y en el Reglamento del Parlamento de Andalucía.