Ley 5/2007 LGHP Ext

Disposición adicional quinta de la Ley 5/2007 LGHP Ext: Disposición adicional quinta. Especialidades presupuestarias de la Asamblea

Texto consolidado del BOE.

Disposición adicional quinta. Especialidades presupuestarias de la Asamblea.

La Mesa de la Asamblea de Extremadura podrá aprobar transferencias, generaciones e incorporaciones de crédito en la Sección del Presupuesto correspondiente a dicho órgano legislativo.

Las dotaciones presupuestarias a la Asamblea de Extremadura se librarán por cuartas partes, en firme y sin justificación a petición del Presidente de la misma.