Disposición adicional vigésima cuarta. Ampliación de la cobertura de pensiones vitalicias.
Lo establecido en la Disposición Final undécima de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990, y sus normas de desarrollo, será también de aplicación a los colectivos de personal a que se refiere la Disposición Adicional sexta del Estatuto de Clases Pasivas de 22 de octubre de 1926.