Ley 3/2003 Asturias Sindicatura

Disposición adicional primera bis — Ley 3/2003 Asturias Sindicatura

Disposición adicional primera bis. Cuerpo de Auditores de la Sindicatura de Cuentas.

1. Se crea el Cuerpo de Auditores de la Sindicatura de Cuentas, Grupo A.

2. Son funciones de las plazas que integren el Cuerpo de Auditores de la Sindicatura de Cuentas las de verificación, análisis y revisión, cumpliendo los criterios y normativa técnica aprobada, de las cuentas, estados financieros, el control interno y la organización, así como cuantos aspectos de la gestión del sujeto auditado sean relevantes para los objetivos marcados por la Sindicatura de Cuentas.

3. Para acceder a las plazas del Cuerpo de Auditores de la Sindicatura de Cuentas es preciso estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: Licenciatura en Ciencias Económicas, en Ciencias Empresariales, en Economía, en Administración y Dirección de Empresas, o en Derecho; Intendente Mercantil; Actuario de Seguros.

Se añade por el art. 2 de la Ley autonómica 11/2006, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-5591.