Ley 2/2011 Asturias Igualdad

Articulo 18 — Ley 2/2011 Asturias Igualdad

Articulo 18. Formación de los miembros de los consejos escolares.

Las Consejerías competentes en materia de educación y de igualdad promoverán la coordinación y la formación en materia de igualdad y prevención de la violencia de género de las personas designadas por los consejos escolares de los centros docentes públicos para el impulso de las medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.