Ley 2/2011 Asturias Igualdad

Artículo 17 — Ley 2/2011 Asturias Igualdad

Artículo 17. Formación del profesorado.

La Consejería competente en materia educativa adoptará las medidas necesarias para integrar la perspectiva de género en la formación inicial y continua del profesorado, tanto de modo transversal en los distintos contenidos como de manera específica.