Ley 2/2010 CyL

Artículo 63 — Ley 2/2010 CyL

Artículo 63. Evaluación de la calidad de los servicios públicos de la Administración de la Comunidad.

La evaluación de la calidad de los servicios públicos constituye un proceso sistemático y continuado de medición integral del servicio público prestado que:

a) considera los niveles de prestación de los servicios en relación con las expectativas de los ciudadanos y la medición del grado de cumplimiento de compromisos previamente establecidos en las respectivas cartas de servicios al ciudadano o en los correspondientes programas de mejora;

b) recoge la opinión de los ciudadanos destinatarios o usuarios de los servicios y el impacto que estos tienen en la sociedad de Castilla y León;

c) establece, a partir de los datos obtenidos, programas de mejora.