Ley 14/1990 RJ AAPP Canarias

Artículo 95 — Ley 14/1990 RJ AAPP Canarias

Artículo 95.

La Hacienda de las Entidades locales inframunicipales se integrará por los recursos que la legislación les asigne y, además, por transferencias del Presupuesto del Ayuntamiento.

El importe de las transferencias será, como mínimo, el montante de las cuotas de la Contribución Territorial Rústica y Urbana correspondientes a los inmuebles radicados en las citadas entidades.