Ley 12/2015 Sefardíes

Disposición final tercera de la Ley 12/2015 Sefardíes: Disposición final tercera. Supletoriedad

Texto consolidado del BOE.

Disposición final tercera. Supletoriedad.

En todo lo no previsto en la presente Ley será de aplicación con carácter supletorio lo dispuesto en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil y, en su defecto, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.