Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 159. Ámbito de aplicación.
1. Las disposiciones recogidas en el presente título serán de íntegra aplicación a la Administración de la Generalitat, así como también a sus organismos públicos vinculados o dependientes en la medida en que la concesión de la subvención suponga el ejercicio de potestades administrativas.
2. Las sociedades mercantiles y fundaciones del sector público de la Generalitat se sujetarán a los principios de gestión e información exigidos en la legislación estatal básica.
3. En las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea, los procedimientos de concesión y control regulados en esta ley tendrán carácter supletorio respecto de las normas de aplicación directa. Además, el régimen de reintegros y sanciones administrativas será también de aplicación cuando así proceda, de acuerdo con lo establecido en la normativa comunitaria aplicable en cada caso.