Ley 1/2015 Hacienda GVA

Artículo 158 — Ley 1/2015 Hacienda GVA

Artículo 158. Consorcios de la Generalitat.

Los consorcios formarán parte del sector público instrumental de la Generalitat, cuando sean adscritos a ésta por aplicación de la normativa básica estatal, siempre que sus actos estén sujetos directa o indirectamente al poder de decisión de dicha administración.