Ley 1/2000

Artículo 82 de la Ley 1/2000: Desestimación inicial de la solicitud de acumulación de procesos

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 82. Desestimación inicial de la solicitud de acumulación de procesos.

El tribunal por medio de auto rechazará la solicitud de acumulación cuando no contenga los datos exigidos en el artículo anterior o cuando, según lo que consigne dicha solicitud, la acumulación no fuere procedente por razón de la clase y tipo de los procesos, de su estado procesal y demás requisitos procesales establecidos en los artículos anteriores.