Artículo 952.
La sustanciación de los recursos interpuestos por las partes en causas de muerte se acomodará a las reglas indicadas en este capítulo.
La misma tramitación se observará en los recursos interpuestos por las acusaciones que hubieren solicitado pena de muerte si su estimación pudiera dar lugar a la imposición de la misma.
Artículo 952.
(Sin contenido)
Se deja sin contenido por el art. 2.144 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre. Ref. BOE-A-2009-17493