Estatutos UNED

Artículo 37 de Estatutos UNED: Facultades y escuelas

Texto consolidado del BOE.

Artículo 37. Facultades y escuelas.

Las facultades, escuelas y escuelas de doctorado, en el ámbito de sus atribuciones, son los centros de organización de sus respectivas enseñanzas, así como de la gestión de las actividades complementarias de administración y servicios. Además, podrán ejercer aquellas otras funciones que establezca la Universidad.