Estatutos UNED

Artículo 35 — Estatutos UNED

Artículo 35. Atracción de talento.

1. La UNED cooperará con las instituciones internacionales, estatales y autonómicas para fomentar la atracción de talento internacional.

2. A tal efecto, la Universidad promoverá programas de información, acogida, orientación, acompañamiento y formación y cualesquiera otras medidas que faciliten la incorporación del estudiantado, del personal docente e investigador y del personal técnico, de gestión y de administración y servicios internacionales.