Artículo 61. Objeto y naturaleza.
La tasa de acreditación catastral es un tributo estatal que grava la expedición de documentos por la Dirección General del Catastro, a petición de parte.
Artículo 61. Objeto y naturaleza.
La tasa de acreditación catastral es un tributo estatal que grava la expedición de documentos por la Dirección General del Catastro, a petición de parte.
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