Disposición transitoria primera. Tramitación de las solicitudes del IAI presentadas a partir del 1 de junio de 2020.
1. La tramitación de las nuevas solicitudes del IAI y solicitudes de renovación de dicha prestación que se presenten a partir del 1 de junio quedarán en suspenso hasta que se solicite el IMV y sea notificada la correspondiente resolución.
2. Las solicitudes del IAI y solicitudes de renovación de dicha prestación que se presenten a partir del 15 de junio solo de admitirán a trámite si las personas solicitantes no cumplen los requisitos para ser titulares del IMV.