Convenio EUROPOL Art K.3

Artículo 3 de Convenio EUROPOL Art K.3

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Policía Nacional. Practicar con tests.

Artículo 3

Funciones

1. Para alcanzar los objetivos definidos en el apartado 1 del artículo 2, Europol desempeñará prioritariamente las siguientes funciones:

1) facilitar el intercambio de información entre los Estados miembros;

2) recoger, compilar y analizar informaciones y datos;

3) comunicar sin demora a los servicios competentes de los Estados miembros, por medio de las unidades nacionales que se definen en el artículo 4, los datos que les afecten y la relación entre los actos delictivos de los que hayan tenido conocimiento;

4) facilitar las investigaciones en los Estados miembros transmitiendo a las unidades nacionales toda la información pertinente al respecto;

5) gestionar sistemas informatizados de recogida de datos que contengan los datos previstos en los artículos 8, 10 y 11.

2. Con el fin de mejorar a través de las unidades nacionales la cooperación y la eficacia de los servicios competentes de los Estados miembros en el marco de los objetivos definidos en el apartado 1 del artículo 2, Europol desempeñará, además, las funciones siguientes:

1) profundizar en los conocimientos especializados utilizados por los servicios competentes de los Estados miembros en el marco de sus investigaciones y ofrecer asesoramiento para las mismas;

2) proporcionar datos estratégicos para facilitar y promover la utilización eficaz y racional de los recursos disponibles a nivel nacional para las actividades operativas;

3) elaborar informes generales sobre el estado de los trabajos.

3. Además, en el marco de los objetivos que establece el apartado 1 del artículo 2, Europol podrá, en la medida en que lo permitan su dotación de personal y sus recursos presupuestarios y dentro de los límites fijados por el consejo de administración, asistir a los Estados miembros, mediante asesoramiento e investigaciones en los ámbitos siguientes:

1) formación de los miembros de los servicios competentes,

2) organización y equipamiento de dichos servicios,

3) métodos de prevención de la delincuencia,

4) métodos de policía técnicos y científicos y métodos de investigación.