Texto consolidado del BOE. Se estudia en Policía Nacional, Guardia Civil, Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 78.
En el caso de que una Autoridad judicial interese el traslado de un penado que no esté a su disposición, para la práctica de diligencias, la Dirección del Establecimiento recabará previamente autorización del Juez de Vigilancia.