Texto consolidado del BOE. Se estudia en Policía Nacional, Guardia Civil, Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 23.
Los Establecimientos de preventivos son Centros destinados a la retención y custodia de detenidos y presos. También podrán cumplirse en ellos penas y medidas de seguridad privativas de libertad cuando el tiempo de internamiento efectivo pendiente no exceda de seis meses.