RGC

Artículo 4 de la Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre,: Uso de las vías

Texto consolidado del BOE.

Artículo 4. Uso de las vías.

Las pruebas deportivas se disputarán con el tráfico completamente cerrado a los usuarios ajenos a dicha prueba, y gozarán del uso exclusivo de las vías en el espacio comprendido entre el vehículo de apertura con bandera roja y el de cierre con bandera verde.