Artículo 81
Sustitución y derogación
1. La Decisión 2002/187/JAI queda sustituida por el presente Reglamento en lo que respecta a los Estados miembros obligados por él, con efecto a partir del 12 de diciembre de 2019.
Las Decisiones 2002/187/JAI, 2003/659/JAI y 2009/426/JAI quedan derogadas, por lo tanto, con efecto a partir del 12 de diciembre de 2019.
2. En lo que respecta a los Estados miembros obligados por el presente Reglamento, las referencias a la Decisión a que se refiere el apartado 1 se entenderán hechas al presente Reglamento.