Reglamento EURODAC 2024/1358

Artículo 60 — Reglamento EURODAC 2024/1358

Artículo 60

Ámbito territorial

Las disposiciones del presente Reglamento no serán de aplicación en cualquier territorio en el que no sea de aplicación el Reglamento (UE) 2024/1351, con excepción de las disposiciones relativas a los datos recopilados para contribuir a la aplicación del Reglamento (UE) 2024/1350 en virtud de las condiciones establecidas en el presente Reglamento.