Reglamento del Congreso

Art 173 del Reglamento del Congreso

Texto consolidado del BOE.

Artículo 173.

La Presidenta o Presidente del Gobierno, previa deliberación en Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general.

Se modifica por el art. único.130 de la Reforma del Reglamento de 22 de julio de 2025. Ref. BOE-A-2025-15844