Reglamento Bienes EELL

Artículo 66 del Reglamento Bienes EELL

Texto consolidado del BOE.

Artículo 66.

Iniciado el procedimiento administrativo de deslinde, no podrá instarse procedimiento judicial con igual pretensión ni se admitirán interdictos sobre el estado posesorio de las fincas mientras no se lleve a cabo dicho deslinde.