RDL 17/1977

Artículo veintiuno de RDL 17/1977: Artículo veintiuno

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado. Practicar con tests.

Artículo veintiuno.

El planteamiento de Conflicto Colectivo de Trabajo se formalizará por escrito, firmado y fechado, en el que consten nombre, apellidos, domicilio y carácter de las personas que lo plantean y determinación de los trabajadores y empresarios afectados; hechos sobre los que verse el conflicto, peticiones concretas que se formulen, así como los demás datos que procedan.