Texto consolidado del BOE. Se estudia en Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 300. Tramitación de las impugnaciones.
1. Las impugnaciones se sustanciarán por los trámites del incidente concursal.
2. El juez podrá de oficio acumular todas o varias de ellas para resolverlas conjuntamente.