Texto consolidado del BOE. Se estudia en Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 255. Comunicación de créditos.
Dentro del plazo señalado en el auto de declaración de concurso, los acreedores del concursado anteriores a la fecha de esa declaración comunicarán a la administración concursal la existencia de sus créditos.