RDL 1/2020

Artículo 254 — RDL 1/2020

Artículo 254. Comunicación a los representantes de los trabajadores.

La administración concursal comunicará sin demora la declaración de concurso a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse como parte en el procedimiento.