RDL 1/2020

Artículo 117 — RDL 1/2020

Artículo 117. Revocación del nombramiento del auditor.

A solicitud fundada de la administración concursal, el juez del concurso podrá acordar la revocación del nombramiento del auditor de cuentas de la persona jurídica concursada y el nombramiento de otro para la verificación de las cuentas anuales.