Texto consolidado del BOE. Se estudia en Policía Nacional, Guardia Civil, Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 21. Obligación de cotizar.
1. La obligación de cotizar se mantendrá mientras dure la relación laboral.
2. En los casos de suspensión de la relación laboral únicamente continuará la obligación de cotizar en las situaciones de maternidad y riesgo durante el embarazo.