RD 563/2010

Artículo 133 de RD 563/2010: Modificación de las condiciones y características del proyecto inicial

Texto consolidado del BOE.

Artículo 133. Modificación de las condiciones y características del proyecto inicial.

1. Cualquier modificación que afecte a las características técnicas del proyecto original de establecimientos de venta al público deberán ser previamente autorizada por el Delegado del Gobierno.

2. Presentada una solicitud de autorización de modificación, previamente a resolver, el Delegado de Gobierno solicitará informes al Área de Industria y Energía y a la Intervención de Armas y Explosivos de la Comandancia correspondiente.