RD 2064/1995

Artículo 27 de RD 2064/1995: Tipo de cotización

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado. Practicar con tests.

Artículo 27. Tipo de cotización.

En el Régimen General de la Seguridad Social los tipos de cotización para contingencias comunes y por desempleo, así como el porcentaje aplicable para las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional y por horas extraordinarias serán los establecidos en las disposiciones a que se refieren los artículos 10.3 y 4, 11.1 y 24.2 de este Reglamento.