RD 203/2010

Artículo 58 de RD 203/2010: Diseño del dispositivo de seguridad

Texto consolidado del BOE.

Artículo 58. Diseño del dispositivo de seguridad.

Teniendo en cuenta las orientaciones de la Comisión Estatal contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, las autoridades gubernativas o los Coordinadores Generales de Seguridad diseñarán el marco de actuación general del dispositivo de seguridad al que deberán atenerse los servicios policiales y los responsables de los clubes o sociedades anónimas deportivas, antes, durante y después del acontecimiento deportivo, dentro y fuera del recinto.