RD 176/2022 Código Conducta GC

Artículo 7 — RD 176/2022 Código Conducta GC

Artículo 7. Responsabilidad.

Serán responsables, personal y directamente, de las actuaciones que lleven a cabo en el ejercicio de sus funciones, que ejecutarán teniendo en cuenta los preceptos de este Código de Conducta y asumiendo en todo momento las consecuencias de sus acciones u omisiones.