RD 176/2022 Código Conducta GC

Artículo 40 — RD 176/2022 Código Conducta GC

Artículo 40. Prevención de riesgos laborales.

La prevención de los accidentes e incidentes durante la prestación del servicio será objeto de permanente preocupación para todos los miembros de la institución, y muy especialmente, para los mandos de cada unidad, quienes deberán cumplir y hacer cumplir rigurosamente los principios aplicables a cada tipo de servicio y las normas de prevención de los riesgos laborales correspondientes.