RD 130/2017 Reglamento Explosivos

Artículo 61 — RD 130/2017 Reglamento Explosivos

Artículo 61. Responsables.

Del funcionamiento y seguridad de los depósitos responderán sus titulares o aquellos a quienes se hubiese otorgado el disfrute de la titularidad, sin perjuicio de la responsabilidad correspondiente a la empresa de seguridad encargada de su vigilancia. En caso de tratarse de personas jurídicas, responderán sus representantes legales.