Disposición adicional primera. Suplemento Europeo al Título.
Una vez superados los estudios conducentes a los títulos de Grado, Máster o Doctor regulados por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, el interesado podrá solicitar en la correspondiente universidad, la expedición del Suplemento Europeo al Título, de acuerdo con los modelos establecidos en los Anexos XII.A y XII.B. La expedición de dicho documento tendrá carácter gratuito.
El documento soporte de los Suplementos Europeos que se expidan será de idéntico tamaño para todos ellos, normalizado en formato UNE - A3 (plegado A4) (modelo de papel de seguridad).
Disposición adicional primera. Suplemento Europeo al Título.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 22/2015, de 23 de enero. Ref. BOE-A-2015-1158.